Un grupo de administradores de fincas de Madrid catalogan, según la Ley de Propiedad Horizontal, las barbacoas como actividad insegura, molesta e insalubre.
Ante la realización de barbacoas en terrazas, áticos o zonas comunes de las comunidades de propietarios, con la llegada del buen tiempo casi veraniego, la figura del administrador de fincas en Madrid advierte del riesgo de quemas, así como de los inconvenientes que generan.
Por ello, aconsejan regular su utilización. Esto debería realizarse mediante normas de régimen interno, para evitar conflictos entre vecinos por las molestias que generan. También existe el riesgo de incendios como el ocurrido el año pasado en Torre Ámbar, en Madrid.
“La normativa de uso interno en las comunidades no debe ser estricta, sino abierta al diálogo y lo menos prohibitiva posible. Pero no podemos dejar a un lado que estamos ante un problema de límites de la propiedad y relaciones de buena vecindad”, comenta Isabel Bajo, presidenta de CAFMadrid. “Las barbacoas domésticas son elementos susceptibles de generar problemas en el inmueble, debido a una posible propagación de fuego, en caso de descuido”, amplia Bajo.
Los administradores de fincas de Madrid declaran que no hay normativa específica
Actualmente no existe una normativa estatal, autonómica o municipal que prohíba el uso de barbacoas. Sin embargo, el buen administrador de comunidades de propietarios conoce que se puede amparar bajo la Ley de Propiedad Horizontal. Esta normativa regula la prohibición de realizar actividades molestas e insalubres, como las que pueden generar las barbacoas.
En este sentido, el CAFMadrid recuerda que el uso de barbacoas puede llegar a prohibirse si causa molestias al resto de vecinos de la comunidad. “No olvidemos que el propietario del piso con patio o del ático cuya terraza tiene derecho al uso y disfrute de esa zona. Aunque no por ello este deja de ser un elemento común propiedad de la comunidad”, declara la presidenta.
Fuente: 20minutos